Programa de libertad condicional de Biden (PIP)
¿Qué es el Libertad condicional en el lugar de trabajo (PIP) ?
Parole in Place (PIP) es una forma de libertad condicional de inmigración que permite a ciertos familiares indocumentados del personal militar estadounidense, veteranos y alistados permanecer legalmente en Estados Unidos. Similar a los programas DACA y TPS, proporciona estatus legal temporal, autorización de trabajo y protección contra la deportación.
Soy yo elegible para libertad condicional matrimonial en vigor ?
Queríamos proporcionar una actualización con respecto al programa Parole in Place del Presidente Biden, ya que usted puede ser elegible para aplicar. El Presidente anunció que a partir del 19 de agosto de 2024, los cónyuges e hijos elegibles podrán solicitar este proceso para obtener estatus legal mientras permanecen con sus familias.
Para que se considere caso por caso la concesión discrecional de la libertad condicional en virtud de este proceso, una persona debe:
- Estar presente en Estados Unidos sin ser admitido o en libertad condicional;
- Haber estado presente de forma continuada en Estados Unidos durante al menos 10 años a partir del 17 de junio de 2024;
- Tener un matrimonio legalmente válido con un ciudadano estadounidense a partir del 17 de junio de 2024; y
- No tener antecedentes penales inhabilitantes ni constituir de otro modo una amenaza para la seguridad nacional o la seguridad pública.
¿Qué puedes hacer? Hazlo ahora prepararse antes de que empiece el proceso de solicitud?
Puede prepararse reuniendo pruebas que demuestren que reúne los requisitos para el programa de libertad condicional in situ, por ejemplo
- Documentación que establezca que el no ciudadano ha estado continuamente presente en los Estados Unidos durante al menos 10 años a partir del 17 de junio de 2024; como por ejemplo:
- Recibos de alquiler o facturas de servicios públicos;
- Historiales escolares (cartas, boletines de notas, etc.); historiales médicos u hospitalarios;
- Certificados de residencia expedidos por entidades religiosas, sindicatos u otras organizaciones, en los que se le identifique por su nombre;
- Documentos oficiales de una entidad religiosa que confirmen la participación en una ceremonia religiosa;
- Recibos de giros postales por dinero enviado a o desde Estados Unidos;
- Certificados de nacimiento de niños nacidos en Estados Unidos; Transacciones bancarias fechadas;
- Recibos de licencia, título o matrícula de automóvil;
- Escrituras, hipotecas o contratos de alquiler; Pólizas de seguros; o
- Declaraciones o recibos de impuestos.
- Prueba de un matrimonio legalmente válido con un ciudadano estadounidense a partir del 17 de junio de 2024; y
- Pruebas de la nacionalidad estadounidense de su cónyuge, como pasaporte, certificado de nacimiento o certificado de naturalización.
En breve se anunciará más información sobre el proceso de solicitud en el Registro Federal. Le mantendremos informado.