¿Qué ocurre si me caso y me presentan una petición como beneficiario?

El matrimonio del beneficiario conlleva la conversión automática en determinadas situaciones. Por ejemplo, si un hijo menor soltero (menor de 21 años) de un ciudadano estadounidense contrae matrimonio, la petición se convierte automáticamente de la categoría de parientes inmediatos a la de F3, pero se mantiene la fecha de prioridad original.
Si un hijo adulto soltero (de 21 años o más) de un ciudadano estadounidense contrae matrimonio, la petición se convierte automáticamente de la categoría F1 a la F3, pero se mantiene la fecha de prioridad original.
Por el contrario, si un hijo soltero (menor de 21 años) de un residente permanente (categoría F2A) o un hijo adulto soltero (mayor de 21 años) de un residente permanente (categoría F2B) se casa, la petición se revoca o termina automáticamente por ley porque no existe una categoría para que los residentes permanentes presenten solicitudes para hijos casados. Incluso si el hijo/hija se divorcia, no puede recuperar el estatus de preferencia F2A o F2B porque el I-130 fue revocado. Una anulación, sin embargo, podría servir para restablecer el estatus de segunda preferencia.
Si el progenitor residente permanente adquiere la nacionalidad estadounidense y, a continuación, presenta una nueva petición para el hijo/hija en la categoría F3, se aplicará una nueva fecha de prioridad y no se podrá recuperar la fecha de prioridad anterior.
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